
Beneficios:
- La tranquilidad de contar con este seguro que por ley es obligatorio.
- Cubre a todas las víctimas, es decir, cubre a todos aquellos que resulten afectados en el accidente de tránsito conductor(es), ocupantes particulares, los pasajeros vehículos de servicio público y peatones.
- Esta póliza cubre los daños corporales a las personas en accidentes de tránsito.
- Tiene incorporado coberturas en caso de muerte como consecuencia de un accidente de tránsito.
Coberturas:
- Gastos médicos, quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios Hasta 500 S.M.D.L.V.
- Incapacidad Permanente Hasta 180 S.M.D.L.V.
- Muerte 600 S.M.D.L.V.
- Gastos Funerarios Hasta 150 S.M.D.L.V.
- Gastos de transporte y movilización de las víctimas (urbano). 3 Salarios S.M.D.L.V.
- Gastos de transporte y movilización de las víctimas (rural). 10 Salarios S.M.D.L.V.
Información adicional:
Tarifas
En la actualidad las tarifas vigentes corresponden a las definidas por la Superintendencia Financiera de Colombia. (Decreto 5053 de 2009).Descargue aquí el Documento de Tarifas Vigentes
¿Cómo sé a qué categoría pertenece mi vehículo para tarifar el SOAT?
La definición de las categorías está dada de acuerdo con la circular Externa 041 de 2004 emitida por la Superintendencia Financiera.Descargue Aquí el documento que permite conocer a qué categoría pertenece su vehículo.
¿Cuáles son los documentos necesarios para realizar una reclamación?
Descargue aquí el listado de documentos que se requieren para realizar la reclamación.